Edad Moderna Guerra Franco-española 1635-59 Tratado de los Pirineos 1659

El tratado de los Pirineos (o paz de los Pirineos) fue firmado por las coronas de las monarquías española y francesa el 17 de noviembre de 1659, en la isla de los Faisanes (sobre el río Bidasoa, en la frontera franco-española); para poner fin a un conflicto iniciado en 1635, durante la guerra de los Treinta Años. Se nombraron embajadores plenipotenciarios español don Luis Méndez de Haro y Guzmán (duque de Montoso y marqués de Carpio y el sobrino del primer ministro francés, el cardenal Mazarino).

Una vez sentadas las bases del acuerdo, ambos plenipotenciarios partieron de sus respectivas cortes a finales de junio de 1659 acompañados de una numerosa y distinguida comitiva.

Luis de Haro llegó a Fuenterrabía el 26 o 27 de julio y un día más tarde lo haría Mazarino a San Juan de la Luz. Conforme al estricto protocolo diplomático de la época, el lugar de negociación debía encontrarse en un punto equidistante a las comitivas y ser lo más neutral posible (quedaron, por tanto, descartadas iglesias o castillos).

A ello se añadía la reticencia de ambos ministros a cruzar la frontera, acto que hubiese supuesto mostrar un signo de flaqueza ante el adversario. Finalmente, a propuesta del cardenal francés, se acordó instalar una barraca en la isla de los Faisanes, isla cuya soberanía compartían ambas coronas. El 13 de agosto, comenzarán las negociaciones entre el cardenal Mazarino y Luis de Haro.

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Tratado de los Pirineos (1659). Luis XIV y Felipe IV en la isla de los Faisanes. Autor F. Blanch.

Mazarino, curtido diplomático, fue quien llevó la voz cantante durante las más de veinte entrevistas que se produjeron entre ambos ministros a lo largo de los meses de agosto a octubre de 1659. Luis de Haro, obcecado en la restitución de los honores a Condé, intentó alcanzar una paz lo más honrosa posible para España. Sin embargo, el calamitoso estado del Imperio español obligó a firmar una paz que transfería el liderazgo europeo de Madrid a París.

La paz de los Pirineos constaba de 124 artículos en los que se abordan diversas cuestiones, desde la restitución de plazas y territorios hasta asuntos específicos de derecho marítimo internacional.

Se acordó también, que los ciudadanos de las respectivas naciones debían atenerse con más importancia a las leyes y designios de sus respectivos gobiernos en lugar de a las leyes y designios de los poderes vecinos, ya fuesen religiosos o seculares.

En la frontera del norte, Francia recibió el condado de Artois y una serie de plazas fuertes en Flandes, Henao y Luxemburgo, entre las que se encontraban Metz, Toul y Verdún. Los franceses devolvieron a España el Charolais (en el Franco Condado) y las conquistas de Italia. En la frontera del sur, se concertó la cesión a Francia del Rosellón, el Conflent, el Vallespir y una parte de la Cerdaña, todos ellos situados en la vertiente septentrional de los Pirineos y que las tropas francesas habían ocupado en apoyo de los sublevados catalanes. La frontera con España se fijará desde entonces siguiendo los Pirineos, salvo en lo que se refiere al diminuto enclave de Llivia y al valle de Arán.

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Tratado de los Pirineos (1659). Entrevista de Luis XIV y Felipe IV en la isla de los Faisanes. Autor Jacques Laumosnier (1660).

El tratado también preveía la boda entre Luis XIV de Francia y María Teresa de Austria, hija de Felipe IV de España, cuya dote se fijó en medio millón de escudos de oro, a cambio de renunciar a sus derechos sucesorios al trono de España. Esta compensación no se pagó nunca, sirviendo de excusa a Luis XIV para anular el tratado e iniciar nuevas hostilidades, siendo uno de los factores que llevará a la guerra de Sucesión Española en 1702.

La paz de los Pirineos se completó un año después por el tratado de Llivia (1660) que acordó el paso a soberanía francesa de 33 pueblos y lugares del valle de Carol y el Capcir, quedando el enclave de Llivia bajo dominio español. De esta forma se fijó de un modo más preciso la división de la Cerdaña entre España y Francia.

En el tratado se incluyó un indulto general y la restitución de bienes a todos los perseguidos durante los años de la sublevación catalana (1640-59). En cuanto al Rosellón, el compromiso incluía mantener la vigencia de los Usatges de Barcelona y sus instituciones al norte de los Pirineos, con sede en Perpiñán, pero esta parte no fue respetada por el rey francés Luis XIV. Un año después (1660), los Usatges fueron derogados, lo que conllevó la abolición de las instituciones propias en Cataluña septentrional, así como la prohibición del uso del catalán en el ámbito público y oficial so pena de invalidar lo escrito o dicho.

A cambio, los franceses no prestarían ayuda a los rebeldes portugueses, pacto que no cumplieron.

La extenuación de España en 1659 era ya patente. Ya no podía asumir la pesada carga de mantener todos sus reinos y posesiones europeas y por ello claudicó ante Francia, que pasará a ocupar la posición predominante que hasta entonces correspondía a España. La paz de los Pirineos permitió dar un respiro a la monarquía española, eso sí, a un alto precio, aunque la situación era ya irreversible.

Entrada creada originalmente por Arre caballo! el 2018-03-16. Última modificacion 2022-08-04.
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